NIIF 19: Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuenta e información a revelar

El día de hoy 9 de mayo de 2024 el IASB ha publicado la NIIF 9 Subsidiarias sin obligación pública de rendir cuentas: Información a revelar, la cual entrará en vigencia el 1 de enero de 2027 permitiéndose su aplicación anticipada. 

Esta nueva norma permitirá un alivio de costos en la preparación de los estados financieros de las subsidiarias que no son de interés público (y que cumplan ciertas consideraciones para ser consideradas como tal), permitiéndoles revelaciones mucho más reducidas y adecuadas a las necesidades de los usuarios de dichos estados financieros. 

La norma precisa cuando una subsidiaria es de interés público si: 
  • sus instrumentos de deuda o capital se negocian en un mercado público o están en proceso de emitir dichos instrumentos para negociarse en un mercado público (una bolsa de valores nacional o extranjera o un mercado extrabursátil, incluidos los mercados locales y regionales) ; o, 
  • mantiene activos en calidad de fiduciario para un amplio grupo de personas externas como uno de sus negocios principales (por ejemplo, bancos, cooperativas de crédito, compañías de seguros, corredores/comerciantes de valores, fondos mutuos y bancos de inversión a menudo cumplen con este segundo criterio). 

Una subsidiaria es elegible y puede aplicar la NIIF 19 en sus estados financieros consolidados, separados o individuales si: 
  • no tiene responsabilidad pública; y 
  • su matriz última o cualquier matriz intermedia produce estados financieros consolidados disponibles para uso público que cumplen con las NIIF. 

El IASB ha preparado y cuenta con material disponible en su sitio web:  
 
https://www.ifrs.org/news-and-events/news/2024/05/iasb-simplifies-financial-reporting-for-eligible-subsidiary-companies-with-new-ifrs-accounting-standard/  
 

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