Mediante Decreto Supremo N° 161-2021-PCM, el Gobierno peruano declaró una serie de días como “no laborables” a fin de establecer feriados largos y fomentar, así, el turismo interno en el país. Detallamos los principales alcances a continuación.
Días declarados como “no laborables” para el Sector Público
- Lunes, 27 de diciembre de 2021
- Viernes, 31 de diciembre de 2021
- Lunes, 3 de enero de 2022
A considerar
- Los días “no laborables” benefician a los trabajadores del sector público, pudiendo los empleadores del sector privado acogerse a este beneficio.
- En el sector privado, los empleadores establecerán la forma como será realizada la compensación de horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.
- No se ha establecido una forma en la cual se compensarán los días de descanso que otorguen los empleadores del sector privado, pudiendo aplicar las siguientes medidas:
- Licencias con goce no compensable.
- Licencias con goce compensables con vacaciones u otra forma de común acuerdo entre ambas partes (a falta de acuerdo podrá decidir el empleador).
- No otorgar el día de descanso y realizar las labores como un día de trabajo.
¿Qué días son feriados o no laborables?
- Viernes 24 de diciembre: Día no laborable (sector público)
- Sábado 25 de diciembre: Navidad
- Lunes 27 de diciembre: Día no laborable (sector público)
- Viernes 31 de diciembre: Día no laborable (sector público)
- Sábado 1 de enero de 2022: Año Nuevo
- Lunes 3 de enero de 2022: Día no laborable (sector público)
Importante
Se debe tener en cuenta que, con ocasión a la aparición de la nueva variante de la COVID-19, Ómicron, se están tomando medidas restrictivas. Una de ellas es la variación del inicio de la inmovilización social obligatoria los días 25 de diciembre y 1 de enero, misma que regirá a partir de la 11 p.m. del día anterior (24 y 31 de diciembre, respectivamente) hasta las 4 a.m. en los Niveles de Alerta Moderado.
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