Obligaciones migratorias de los extranjeros residentes

DESCARGAR LA VERSIÓN PDF

Obtener un Carné de Extranjería por parte de personal extranjero conlleva una serie de obligaciones y procedimientos a realizarse ante la autoridad migratoria nacional; los cuales permiten finalmente su estadía legal en nuestro país.

Sin embargo, las obligaciones de los ciudadanos extranjeros que decidan residir en el Perú no culminan con la obtención de sus documentos de identidad. Por el contrario, existe una diversidad de obligaciones de carácter migratorio a considerar.

Principales obligaciones migratorias

1. Viajes fuera del Perú que impliquen una ausencia mayor a 183 o 365 días

Los ciudadanos extranjeros que mantengan una residencia en nuestro país no podrán ausentarse por períodos prolongados de tiempo. Caso contrario, la autoridad migratoria podría disponer la cancelación de sus residencias y anulación de sus documentos de identidad peruanos.

Por ello, en caso que el ciudadano extranjero requiera ausentarse del país por un período mayor a 183 días o 365 días calendario, según la Calidad Migratoria que tenga, podrá solicitar ante la autoridad migratoria una “Autorización de Salida del País para Residentes”; mismo que le habilitará ausentarse por dicho período de tiempo sin riesgo de pérdida de la residencia.

2. Prórroga de Residencia

Aquellos ciudadanos extranjeros que se encuentren en el país bajo una Calidad Migratoria no permanente, deberán solicitar periódicamente la prórroga de sus respectivas residencias.

Lo indicado toda vez que estas últimas son otorgadas por períodos temporales, mayoritariamente de 1 año de duración.

Para efectos de lo indicado, es de señalar que, acorde a la Calidad Migratoria del ciudadano extranjero, será necesario seguir un determinado procedimiento y presentar cierta documentación específica ante la autoridad migratoria. Ello deberá ser realizado previo al término de la residencia otorgada; recomendablemente, con 30 días calendario de anticipación.

3. Modificación y/o actualización de datos en el Registro Central de Extranjería

A partir de la fecha de expedición de sus respectivos Carné de Extranjería, los ciudadanos extranjeros deberán mantener actualizados todos los datos consignados para la obtención de dicho documento, tales como domicilio, estado civil, entre otros.

Siendo ello así, en caso existiese modificación alguna sobre los datos consignados, se deberá solicitar la “Modificación de Datos de la Ficha de Inscripción del Registro Central de Extranjería”, dentro de los 30 días calendario de ocurrido el hecho. 

Es de señalar que, de modificarse alguno de los datos expresamente consignados en el Carné de Extranjería, se deberá solicitarse, además, el “Duplicado de Carné de Extranjería”; a fines que el referido documento contenga los datos actualizados.

4. Actualización de Datos Virtual

De manera adicional a la obligación antes detallada, sobre la modificación y/o actualización de datos en el Registro Central de Extranjería, los ciudadanos extranjeros también deberán efectuar la Actualización de Datos Virtual en la plataforma digital de la autoridad migratoria.

Esto último representa una obligación adicional e independiente, misma que resulta de obligatorio cumplimiento para tener acceso a otros procedimientos migratorios.

5. Cancelación de Residencia

Todo extranjero que cuente con un permiso de residencia y que desee retirarse definitivamente del país, deberá solicitar la Cancelación de su Residencia, a efectos de que se emita la correspondiente Ficha de Salida Definitiva.

Para dichos efectos, el procedimiento en cuestión podrá realizarse dentro del país o fuera del mismo:

  • Procedimiento realizado dentro del país

Siendo este procedimiento automático, deberá ingresar una solicitud de “Cancelación de Residencia” previo a la fecha de viaje. Una vez admitida la solicitud indicada, le serán otorgados 15 días de permanencia en el país.

  • Procedimiento realizado fuera del país

Deberá ingresar una solicitud de “Cancelación de Residencia” a través de un apoderado designado en el país.

Servicios Legales de BDO

En BDO OUTSOURCING contamos con el equipo idóneo para asistir a nuestros clientes a adecuarse a las exigencias reguladas por la normativa vigente, asesorándolos y acompañándolos en la contratación y administración de su personal extranjero.

De este modo, brindamos asistencia y asesoría de naturaleza migratoria, asegurando la contratación legal de personal extranjero y procurando alcanzar la ejecución eficiente de los diversos procedimientos migratorios que pudieren ser requeridos, en función a las disposiciones legales que se encontraren vigentes.

CONOCE LOS SERVICIOS

 

Contacto

Carina Dávila, Gerente Legal, BDO Outsourcing

Andres Fassioli, Asesor Laboral y Migratorio, BDO Outsourcing